Los dioses, los hombres y el correr de los tiempos

Cristo Jesús

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Los antiguos dioses no se inmiscuían en los asuntos terrenales. Se entretenían entre ellos, como los griegos, o nos veían desde lejos, mandándonos a lo sumo vagos mensajes de discutible contenido. El cambio de modelo llega con las tres religiones de libro, la judía, la cristiana y la musulmana. Los dioses incas, aztecas o mayas se conformaban con ser adorados y recibir sacrificios, preferentemente humanos, pero no pretendían configurar las relaciones entre los simples mortales. Son Yahvé, Jesucristo y Alá quienes se preocupan realmente de nosotros con mandatos y prohibiciones en aras de una mejor convivencia.

Continúa habiendo preceptos sobre la relación del hombre con la divinidad, pero ya no en exclusiva. El primer mandamiento de la Ley de Dios, al igual que el segundo y hasta cierto punto el tercero, se mantienen en la vieja línea, pero los restantes descienden a las relaciones humanas.

Es curioso para el hombre de hoy que tres mandamientos de la Ley de Dios se dediquen a la defensa del derecho de propiedad. No sólo el 7º y el 10º, “no hurtes” y “no desear (siquiera) los bienes ajenos”, respectivamente, sino también el 6º, entendido éste como “no cometer adulterio”, y el 9º en su versión de “no desearás a la mujer de tu prójimo”. Son muy llamativos en cuanto a la importancia del derecho de propiedad y la subordinada posición de la mujer casada como cuasi propiedad del marido. Parece que en aquellos tiempos el adulterio se predicaba sólo de quien yacía con una mujer casada con otro, o sea, propiedad ajena. La relación del hombre casado con una mujer soltera no tenía tanta gravedad.

La configuración del más allá como proyección de nuestras concepciones culturales y sociales es evidente. El jefe de la tribu, y después los grandes emperadores del Oriente Medio o Asia, no tenían que dar muchas explicaciones sobre sus actos. Les bastaba con disfrutar de la incondicional sumisión de sus súbditos. Su voluntad carecía de límites y su posición casi divina se reflejaba en la satisfacción pública de sus deseos, por crueles e inhumanos que fueran. La situación cambió con el judaísmo. Jehová está por encima de los reyes y jueces de Israel, pero la Biblia nos ofrece algunos ejemplos de mandatos divinos que hoy calificaríamos de disparatados e incluso delictivos.

Las viejas enseñanzas no siempre son acordes con los derechos fundamentales de las personas, empezando por la vida. Véase también el trato que recibe la obediencia debida. Isaac como víctima propiciatoria y Jehová como quien exige su sacrificio. Poco importa aquí que finalmente Jehová, comprobada la obediencia ciega de Abraham, interrumpiera en el último momento los preparativos para la muerte de un inocente. Hoy, tanto Jehová como Abraham no estarían lejos del banquillo de los acusados. Y no digamos nada de la ocupación de una tierra ajena porque así lo habría decidido Dios. Naturalmente, con la expulsión o extinción de sus anteriores habitantes.

Sobre el autor de esta publicación

José Luis Manzanares

Nació en 1930. Obtuvo Premio Extraordinario en la Licenciatura de Derecho por la Universidad de Valladolid (1952) y en el Doctorado por la Universidad de Zaragoza (1975).

Ingresó en la Carrera Judicial en 1954 y se jubiló como Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el año 2000. Es también Abogado del Estado (jubilado) y Profesor Titular de Derecho Penal (jubilado). Fue Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial entre los años 1990 y 1996. Desde 1997 es Consejero Permanente de Estado.

Amplió estudios en la Universidad Libre de Berlín Occidental y en el Instituto Max Planck de Friburgo.

Ha pronunciado numerosas conferencias en España, Colombia, Cuba, Alemania e Italia.

Ha publicado más de un centenar de trabajos jurídicos, amén de nueve libros, entre ellos dos Comentarios a los Códigos Penales españoles de 1973 y 1995, habiendo participado en otros diez de carácter colectivo. También ha traducido algunos textos jurídicos del alemán, entre los que destaca la última edición (la 4ª) del Lehrbuch des Strafrechts (Parte General) del Profesor Jescheck. Ha llevado durante años la Sección jurisprudencial del Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales. La misma labor desarrolló en la Revista “Actualidad Penal”, de la que fue Director durante algunos años, desde su primer número hasta su cierre el año 2003. Es también autor de unos comentarios en 2 Tomos al vigente Código Penal tras su reforma por la Ley Orgánica 5/2010, editados por Comares, Granada. Su último libro, publicado el año 2012 por la editorial La Ley, de Madrid, se ocupa de “La responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la Administración de Justicia”.

Ha colaborado en algunos periódicos nacionales, como ABC, Diario 16, La Razón, El Mundo, El País, La Gaceta de los Negocios, La Clave, Epoca y Expansión, y semanalmente, durante muchos años en Estrella Digital. También en la revista alemana “Juristenzeitung” y otras especializadas de México y Argentina.