La moral democrática

La moral democrática

EFEActo del PP en defensa de la igualdad de todos los españoles

Juristas de reconocida competencia profesional y prestigio personal reconocen mayoritariamente que la amnistía comprometida por Pedro Sánchez al secesionismo, con la que compra sus votos, no tiene fundamento jurídico en la Constitución.

Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho penal, de firmes convicciones democráticas y de progresismo auténtico, que es el que se nutre de la doctrina liberal, ha publicado hoy domingo un excelente artículo en la Tercera del ABC cuya lectura le recomiendo.

Entre las opiniones disonantes, la mas relevante ha sido la de Pascual Sala con una larga carrera desde el Tribunal de Cuentas hasta el Tribunal Constitucional, nombrado siempre con el apoyo del Partido socialista.

La tesis de Pascual Sala se resume en que la ley no prohíbe expresamente la amnistía y que la ley todo lo puede. Argumento que rebate Enrique Gimbernat recordando los principios jurídicos que dicen que el que puede lo mas puede lo menos, y que prohibido lo menor no se permite lo mayor.

No admitiéndose el indulto general, no es conforme a la Constitución una amnistía general que borra no solo un delito del Ordenamiento jurídico, sino también las sentencias y resoluciones que se hubieren podido dictar por los poderes del Estado.

En las universidades los futuros juristas reciben formación en Filosofía del Derecho que estudia las distintas doctrinas que explican la naturaleza sustantiva de la ley y del sistema jurídico.

Hay al menos tres cuestiones que dan respuestas y razones para rechazar la amnistía destinada a unos concretos y singulares condenados en aplicación del Código Penal, junto a otros pocos que han burlado la acción de la justicia, entre ellos el fugitivo Puigdemont.

Los políticos secesionistas fugados no solo consideran que no sea delito la desconexión jurídica, la declaración de independencia y la malversación de caudales públicos, suplantado a los poderes constitucionales del Estado. Tampoco reconocen el poder judicial, negando la legitimidad de España, constituida como un estado social y democrático de Derecho, para impartir justicia.

La primera cuestión que se plantea en las aulas de Derecho es la plenitud del ordenamiento jurídico. Si es sustancial a la naturaleza del Derecho dar una respuesta a un acto, hecho o situación aun no contemplada expresamente por la norma. Para resolver esta cuestión se acude a las fuentes del derecho en los sistemas de codificación y al common law, el precedente de la jurisprudencia, en el derecho anglosajón

La segunda cuestión es si la norma debe ser el resultado del acuerdo de ciudadanos libres e iguales, es decir, si está amparada por la legitimidad que le otorga un sistema democrático.

Y la tercera cuestión, es si la norma debe ser intrínseca y racionalmente justa. Es decir, si puede ser incumplida la norma injusta, aunque estuviera amparada formalmente en un procedimiento democrático. Santo Tomás de Aquino aporta al Derecho el principio de la racionalidad de la ley, limitando el aforismo romano, la voluntad del príncipe tiene fuerza de ley, ya que no puede gobernar arbitrariamente.

La declaración de independencia de Estado Unidos contiene le siguiente declaración: «... que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios [la igualdad entre los hombres, la tutela de sus derechos inalienables por el gobierno constituido y el consentimiento de los ciudadanos como base del poder político], el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios».

La moral democrática que exige nuestra Constitución a la ley está plasmada en el artículo 9 que proclama el principio de legalidad, basado en la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las no favorables o restrictivas de derechos, la seguridad jurídica y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Un ley de amnistía, como pago de unos votos en la investidura de Pedro Sánchez, conculca la moral democrática, que rechaza la ley arbitraria, la que vulnere la seguridad jurídica y la que destruya el consentimiento de los ciudadanos, es decir la soberanía, que es la base del poder político.