El procedimiento adoptado por el presidente en funciones Pedro Sánchez para imponer una amnistía en favor del independentismo catalán supone la culminación del “trágala” como forma de gobierno que poco tiene que ver con los formalismos de la democracia. Por trágala el diccionario entiende como (primera acepción) “canción con que los liberales españoles zaherían a los partidarios del gobierno absoluto durante el primer tercio del siglo XIX”, (segunda acepción) Hecho por el que se obliga a alguien a aceptar o soportar algo a la fuerza”. Ambas acepciones vienen bien al caso.
La amnistía de la que tanto se habla y de la que tan poco se sabe constituye una exigencia indeclinable por los independentistas catalanes para otorgar a pedro Sánchez la investidura. Se puede disfrazar de servicio a España o de lo que gusten los aceptantes de la exigencia, pero se trata de una condición inexcusable para entregar 14 votos indispensables a Sánchez para obtener la investidura.
Cumplir la exigencia obliga al gobierno en funciones a promover una ley ad hoc, de cuyo contenido se ignora todo. Y para facilitar la tarea se pretende actuar bajo la fórmula de proposición de ley del propio Parlamento aunque es público y notorio que se ha elaborado en el seno del gobierno que evita los controles de legalidad de cualquier ley que requieren informe preceptivo del Consejo de Estado, Consejo del Poder Judicial… pero los independentistas tienen prisa y no se fían del Sánchez por lo que quieren tener amarrada la ley hasta donde les sea posible, hasta su presentación formal y admisión por la Mesa del Congreso.
Un evidente trágala al poder legislativo que se suma a otros practicados a lo largo de la pasada legislatura con objeto de convertir en ley la voluntad del gobierno, con nula práctica de la “contención” que todo poder debe aplicarse en una democracia que merezca tal nombre.
En este caso el ejecutivo se convierte en poder decisivo del legislativo y el judicial al que atropella de forma decisiva y en todas las instancias. Incluido el Tribunal Constitucional que se verá abocado a una decisión partidista que puede consagrar a esta instancia como brazo último al servicio del ejecutivo.
La petición de una reunión urgente del Consejo del Poder Judicial reclamada por ocho miembros del mismo para debatir el tema de la amnistía indica el choque de poderes y competencias que ratifica que al servicio de una investidura se impone la voluntad del pretendiente que arrolla el mecanismo del equilibrio de poderes consustancial a la democracia más elemental.
El documento del Círculo Cívico de Opinión publicada este fin de semana dice que “la amnistía que se reclama carece, al margen de su discutida constitucionalidad, de fundamento que la justifique y comporta unos efectos políticos sobre el sistema institucional del Estado de Derecho de muy largo alcance con consecuencias imprevisibles sobre la estabilidad e, incluso, sobre su continuidad” … poner en duda (todas las actuaciones jurisdiccionales practicadas sobre el proces) constituye una arbitrariedad y gratuita descalificación del estado democrático español e infringe, además, principios constitucionales esenciales tales como el de la igualdad, el de la seguridad jurídica, y el de la separación poderes”.
En esta ocasión el presidente Sánchez ha optado por aplicar el principio de que el fin (la investidura, la no repetición de elecciones, el riesgo de perderlas) justifica los medios (hacer lo posible para lograr la investidura) Es el trágala de los absolutistas de principios del XIX. El problema es que no se trata del único primer trágala del señor Sánchez y sus cómplices.