Fumata blanca (o negra) en la ley del aborto

Foto de un feto durante un embarazo

EUROPA PRESSFoto de un feto durante un embarazo

El Tribunal Constitucional se ha tomado trece años para dictar sentencia en el recurso de inconstitucionalidad contra la ley del aborto de 2010. Demasiado tiempo, sobre todo si se considera que a su amparo se han practicado unos noventa mil abortos anualmente. Como lo de interrupción voluntaria del embarazo es muy largo, aquí se habla de aborto o aborto voluntario, que es más breve y se entiende mejor. Además, el embarazo no se interrumpe, pues los efectos del aborto son definitivos en cuanto se mata para siempre a un ser vivo. Pues bien, aunque cuando escribo estas líneas aún no conozco el tenor literal de la sentencia, sí se nos ha informado de su fallo y su motivación, lo que, unido a la publicación de los votos particulares en contra, nos permite pergeñar los tres siguientes apuntes.

El primero, ya adelantado en otras columnas de ayer, anteayer y aún mucho más atrás, es el recuerdo de que la justicia tardía no es justicia, ni en la jurisdicción ordinaria ni en la constitucional, que debería dar ejemplo. Si se hubiera estimado el recurso nadie habría devuelto la vida a centenares de fetos humanos, o sea, de vidas humanas. Alguno de aquellos fetos serían hoy niños en edad escolar. Al margen del sentido de la sentencia, a mi este retraso me parece una desconsideración a la vida humana y me produce cierta vergüenza.

El segundo comentario es de índole política por cuanto se refiere a las falsas promesas y a los estúpidos pretextos para no cumplirlas. El PP, que recurrió aquella ley, pudo después impulsar otra, volviendo a la situación anterior, pero no lo hizo pese a haber tenido holgadas mayorías en ambas Cámaras. Ni lo intentó siquiera, aduciendo que había que esperar a la sentencia del Tribunal Constitucional, siendo así que nadie había puesto en duda la constitucionalidad de la legislación anterior a 2010.

Y el tercer apunte es que, como censuran los votos particulares, podrá declararse la inconstitucionalidad de la ley impugnada, pero no es correcto proclamar a su amparo un nuevo derecho que podría ampliarse, a gusto del legislador, hacia el momento mismo del nacimiento. El límite actual de las catorce semanas de gestación es tan convencional como el de diez o veinte. Dependería del riesgo para la madre en relación con los avances de la medicina. El feto no pierde la vida por un conflicto de derechos, como sucede en el sistema de indicaciones (la violación, por ejemplo), sino que frente a la voluntad de la madre no tiene ninguno.

Hay problemas de difícil solución y éste es uno de ellos, pero una cosa es no criminalizar el aborto, en determinadas circunstancias, conforme a la voluntad de la ciudadanía o de sus representantes en las Cortes Generales y otra, muy distinta, equiparar al feto humano con una verruga. La lectura de la reciente ley protectora de los animales contribuye también, comparativamente, al temor de que estemos banalizando algo tan grave como la vida humana del nasciturus.

Sobre el autor de esta publicación

José Luis Manzanares

Nació en 1930. Obtuvo Premio Extraordinario en la Licenciatura de Derecho por la Universidad de Valladolid (1952) y en el Doctorado por la Universidad de Zaragoza (1975).

Ingresó en la Carrera Judicial en 1954 y se jubiló como Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el año 2000. Es también Abogado del Estado (jubilado) y Profesor Titular de Derecho Penal (jubilado). Fue Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial entre los años 1990 y 1996. Desde 1997 es Consejero Permanente de Estado.

Amplió estudios en la Universidad Libre de Berlín Occidental y en el Instituto Max Planck de Friburgo.

Ha pronunciado numerosas conferencias en España, Colombia, Cuba, Alemania e Italia.

Ha publicado más de un centenar de trabajos jurídicos, amén de nueve libros, entre ellos dos Comentarios a los Códigos Penales españoles de 1973 y 1995, habiendo participado en otros diez de carácter colectivo. También ha traducido algunos textos jurídicos del alemán, entre los que destaca la última edición (la 4ª) del Lehrbuch des Strafrechts (Parte General) del Profesor Jescheck. Ha llevado durante años la Sección jurisprudencial del Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales. La misma labor desarrolló en la Revista “Actualidad Penal”, de la que fue Director durante algunos años, desde su primer número hasta su cierre el año 2003. Es también autor de unos comentarios en 2 Tomos al vigente Código Penal tras su reforma por la Ley Orgánica 5/2010, editados por Comares, Granada. Su último libro, publicado el año 2012 por la editorial La Ley, de Madrid, se ocupa de “La responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la Administración de Justicia”.

Ha colaborado en algunos periódicos nacionales, como ABC, Diario 16, La Razón, El Mundo, El País, La Gaceta de los Negocios, La Clave, Epoca y Expansión, y semanalmente, durante muchos años en Estrella Digital. También en la revista alemana “Juristenzeitung” y otras especializadas de México y Argentina.