Con una tramitación exprés y tras acatar el recorte impuesto por el Tribunal Constitucional a la proposición de ley remitida por el Congreso, el Senado ha aprobado este jueves de forma definitiva la reforma del Código Penal que deroga la sedición y rebaja las penas para la malversación.
Esta reforma del Código Penal ha salido adelante en la Cámara Alta con la mayoría que suman PSOE, ERC, Bildu, PNV y Més per Mallorca frente al rechazo de PP, Vox, Ciudadanos, UPN, Junts, PRC, Coalición Canaria, Teruel Existe, PAR y los dos parlamentarios independientes. Por su parte, los senadores de Más Madrid, Geroa Bai y Compromís han decidido abstenerse. En total, 140 senadores han votado a favor, 118 en contra y tres se han abstenido.
Los grupos que sustentan al Gobierno --Unidas Podemos no tiene representación en el Senado-- también han rechazado los cinco vetos presentados a la proposición de ley y todas las enmiendas parciales, por lo que, al no introducirse ningún cambio derivado de la tramitación en la Cámara Alta, esta reforma del Código Penal ha quedado aprobado ya definitivamente a la espera de su publicación en el BOE.
El debate y votación en el Pleno del Senado ha tenido lugar después de que la noche del miércoles el TC ratificara la decisión que adoptó el lunes de suspender la tramitación parlamentaria --ya en el Senado-- de las dos enmiendas incorporadas a la proposición de ley sobre la sedición y la malversación que buscan renovar el propio Constitucional.
El tribunal de garantías desestimó el recurso de súplica que presentó el propio Senado para poder debatir y votar en su Pleno de este jueves la reforma íntegra propuesta. La Cámara Alta alegó que la suspensión de la tramitación ocasionaba una "perturbación de la máxima gravedad" en el Poder Legislativo, pero los magistrados confirmaron su decisión y los senadores han tenido que votar este jueves la proposición de ley sin las enmiendas impugnadas.
Pese a estos cambios en el texto de la proposición de ley que venía del Congreso, forzados por la suspensión del TC, la norma no tendrá que volver del Senado a la Cámara Baja para ser ratificada definitivamente, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias.
Las citadas fuentes precisan que los cambios en la proposición de ley se han producido por la suspensión de dos enmiendas mediante cautelarísimas del TC y que, por tanto, estas modificaciones en la norma no son fruto de la tramitación parlamentaria en el Senado. Es más, explican que la paralización de las enmiendas sobre la renovación del Constitucional afectan al texto en su origen y no en el curso parlamentario de la proposición de ley en el Senado.
La proposición de ley, que se ha despachado en las Cortes en apenas seis semanas, tenía como objeto principal suprimir del Código Penal el delito de sedición por el que fueron condenados los líderes independentistas del procés, aunque también se añadieron otras medidas como el agravamiento de condena por ocultación de cadáver.
Y cuando llegó el momento de presentar enmiendas al articulado en el Congreso, el PSOE y Unidas Podemos introdujeron otros asuntos como un nuevo delito de enriquecimiento lícito al mismo tiempo que pactaron con ERC una modificación de las penas por malversación: cuando haya ánimo de lucro, manteniendo las penas actuales (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación); y dos tipos nuevos: uno sin ánimo de lucro para "usos privados" (de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años) y otro para cuando lo malversado va a un fin distinto al previsto (de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación).
La oposición ha centrado sus discursos en una reforma tramitada en la Cámara Alta en solo una semana, que afecta a los dos delitos por los que fueron condenados los dirigentes del 1-O y que, ha asegurado, pone en riesgo la integridad de España y beneficiará a los corruptos.
Pero la mayoría parlamentaria se ha unido para criticar al PP, al que ha acusado de cercenar los derechos de los parlamentarios al acudir al Constitucional para frenar la tramitación de las enmiendas que fueron introducidas en el Congreso para renovar el tribunal de garantías.
Principales ejes de la reforma del Código Pernal
Estos son los principales ejes de una iniciativa tramitada en un mes de infarto:
- LA SEDICIÓN SALE DEL CÓDIGO PENAL:
- Es el origen de la reforma que ha convulsionado la vida política española. Fruto del compromiso del PSOE con ERC, se deroga el delito de sedición del Código Penal y se sustituye por uno de desórdenes públicos agravados. Es decir, de un castigo máximo de 15 años de cárcel a uno de 5 y hasta 8 años de inhabilitación.
- Los argumentos de los proponentes: se acaba con un delito de definición confusa, castigo desproporcionado y sin parangón en los países europeos de nuestro entorno.
- Fue el principal delito por el que fueron condenados los líderes del "procés" y por que el que están reclamados los huidos. Unos y otros se beneficiarán de la rebaja.
- BAJAN ALGUNAS PENAS DE MALVERSACIÓN:
- Iniciada la tramitación de la iniciativa para derogar la sedición, irrumpió el debate de la malversación y, tras insinuar lo contrario, finalmente los socios de coalición accedieron a la exigencia de ERC de rebajar el castigo en los casos en los que no haya lucro personal.
- Impone, por ejemplo, de 1 a 4 años de cárcel a aquel que dé al patrimonio público que debe administrar "una aplicación diferente de aquella a la que estuviere destinado", aunque la pena quedaría en multa si no se ha producido un daño grave, un precepto en el que, según ERC, entraría la organización del referéndum ilegal del 1-O.
- PSOE y Unidas Podemos, conscientes del malestar que en su electorado puede provocar suavizar el castigo por delitos de corrupción, han intentado desligar la reforma de esas prácticas corruptas, pero no consiguieron evitar un notable enfado al que dio voz el presidente de Castilla-La Mancha, el socialista Emiliano García-Page.
- Mientras, desde la Fiscalía Anticorrupción, algunas fuentes advierten de que esta reforma puede afectar a un "goteo" de rebajas de condenas en casos de corrupción.
- SE CREA EL DELITO DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO:
- Los socios de Gobierno -con ánimo de mostrar su compromiso contra la corrupción- han introducido un nuevo delito para castigar el enriquecimiento ilícito de los cargos públicos que vean aumentado su patrimonio en más de 250.000 euros sin que puedan justificarlo.
- Con la entrada en vigor de esta ley, las autoridades públicas deben justificar ese enriquecimiento durante cinco años tras dejar el cargo y afrontarán penas de prisión de seis meses a tres años, de inhabilitación de entre 2 a 7 años, y multas de hasta tres veces lo enriquecido ilícitamente.
- "PROFUNDA MODIFICACIÓN DE LOS DESÓRDENES PÚBLICOS":
- Para evitar la criminalización de la protesta pacífica, la reforma introduce una nueva regulación de los desórdenes públicos, un delito castigado de seis meses a tres años y que se producirá siempre que haya una actuación en grupo, finalidad de atentar contra la paz pública y violencia o intimidación.
- Castiga también a quienes, actuando en grupo, invadan u ocupen un domicilio, despacho o local ajeno, aunque se encuentre abierto al público, y causen con ello una perturbación relevante de la paz pública.
- CÁRCEL POR LA CONTRATACIÓN DE FALSOS AUTÓNOMOS:
- También hay cambios en materia laboral: la reforma contempla entre seis meses y seis años de cárcel a quien imponga "condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa".
- SÁBADOS Y DOMINGOS INHÁBILES PARA LOS PLAZOS JUDICIALES:
- Se declaran además inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los festivos y el periodo entre el 24 de diciembre y el 6 de enero, una medida demandada desde hace años por la Abogacía y que busca facilitar la conciliación laboral y personal. E