Elecciones autonómicas

Las elecciones autonómicas se celebran cada cuatro años. La fecha viene definida por ley en la mayoría de ellas, que, salvo decisión contraria, deben celebrar los comicios el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. Coinciden con las elecciones municipales.

Hay comunidades autónomas -Cataluña, País Vasco, Andalucía, Galicia y Castilla y León- que tienen un candelario electoral diferente. Por tanto, no deben ajustarse a la norma general. Son los estatutos los que determinan el número de representantes que se han de elegir en cada una de las elecciones autonómicas, normalmente vinculado a la población de cada región.

En las Comunidades Autónomas del régimen general donde se adelanten las elecciones, estas volverán a celebrarse a los cuatro años de la fecha de la última elección regular.

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