El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha calificado finalmente como "falta grave", y no muy grave como se esperaba, el comportamiento del presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales. Tras varios días de espera, el TAD ha desestimado parte de la denuncia presentada por el Consejo Superior de Deporte (CSD) el pasado viernes y le impide por tanto decretar la suspensión provisional y, además, la sanción máxima en caso de que la hubiera sería de dos años de inhabilitación.
El TAD no aprecia indicios de falta muy grave de abuso de autoridad en el polémico beso sin consentimiento de Luis Rubiales a Jenni Hermoso durante la entrega de trofeos del Mundial femenino de fútbol el pasado 20 de agosto. Además, subraya que la infracción de atentando contra la dignidad y decoro deportivos es falta grave en la ley aplicable, no muy grave.
Supone un duro golpe al Gobierno que esperaba la decisión para tomar cartas en el asunto e impide a Víctor Francos, presidente del CSD, convocar en 48 horas la comisión directiva del organismo gubernamental para proceder a la sanción a Rubiales.
El CSD trasladó "una petición razonada" al TAD por una posible vulneración de la Ley del Deporte y del Real Decreto sobre Disciplina Deportiva por parte de Luis Rubiales, en concreto de los artículos 76.1.a de la primera y 14.h del segundo, que hacen referencia, respectivamente, a los abusos de autoridad y a los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos.
El CSD apeló a la Ley del Deporte de 1990 porque el Gobierno no ha desarrollado todavía el reglamento sancionador y disciplinario de la nueva norma del año 2022. En la ley de 1990, las actitudes indecorosas están consideradas sólo como "falta grave", y no "como muy grave". En cambio, en la nueva Ley del Deporte, el beso de Rubiales a Hermoso o el gesto en el palco tocándose sus genitales, sí son considerados como "muy graves".
Así las cosas, el TAD sólo ha iniciado un procedimiento de sanción por dos infracciones contra el decoro, sin considerar el polémico beso como abuso de autoridad.
El CSD pedirá la suspensión cautelar
El CSD presentará un recurso ante el TAD y solicitará una medida cautelar para apartar provisionalmente al presidente de la RFEF tras el beso a Hermoso. Cuando el tribunal resuelva sobre el fondo del asunto, la inhabilitación del presidente de la RFEF podría ser de entre un mes y dos años.
Adicionalmente, el CSD señala que "estudia la posibilidad de recurrir en vía contencioso-administrativa la decisión que el Tribunal Administrativo del Deporte le ha comunicado este viernes".
La decisión del TAD es independiente a la investigación abierta por FIFA, que sí ha decidido suspender provisionalmente durante 90 días a Rubiales al frente de la RFEF mientras investiga los hechos. Ante esta suspensión, la presidencia de la RFEF la ocupa de forma interina Pedro Rocha, responsable de la Federación Extremeña.
Por su parte, el ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta, ha explicado que el CSD instará al TAD suspender cautelarmente a Luis Rubiales, en aplicación del artículo 102 de la Ley del Deporte hasta que se resuelva el expediente abierto.
Iceta ha defendido que para el Gobierno y el CSD las actuaciones de Rubiales merecen la calificación de "muy graves", y ha recordado que al no ser considerado así el consejo no puede suspenderlo de sus funciones y por eso se ha abogado por instar al TAD a que lo haga.