Valencia: Una cadena de despropósitos
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De la “dación” al déficit para 2012
Garzón podría enfrentarse a una pena de multa de tres a seis meses, ya que por la fecha en la que supuestamente fueron cometidos los hechos no es de aplicación la última reforma del Código Penal, de junio de 2010, que castiga el cohecho impropio con pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años.
La Fiscalía no ha venido acusando en este procedimiento, por lo que es probable que insista en su archivo, mientras que la acusación popular, ejercida por los abogados José Luis Mazón y Encarnación Martínez, solicitarán su procesamiento.
El pasado 14 de diciembre, Garzón declaró por este asunto por segunda vez y volvió a negar ante el magistrado Marchena que hubiera solicitado patrocinio al Banco Santander y a otras empresas como la petrolera Cepsa, Endesa, BBVA y Telefónica para que le sufragaran los cursos en los que participó mientras disfrutaba de una licencia de estudios que le concedió el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Esta es la última de las causas que Garzón tiene abiertas en el Tribunal Supremo, donde ya ha sido juzgado por prevaricación por ordenar las escuchas en el “caso Gürtel” y está siendo enjuiciado por el mismo delito por haberse declarado competente para investigar los crímenes del franquismo.
¿Cual es la diferencia entre que ETA extorsione dinero mediante una carta y que haga lo mismo un juez de la Audiencia Nacional?